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La almendra y la miel ya fueron utilizadas en Al-Ándalus para la fabricación de numerosos dulces. En la actualidad gran parte de la repostería española (sobre todo en las regiones del sur) aún mantiene gran parte de este legado con dulces como el turrón o el mazapán. En el norte de África también se conserva una repostería tradicional basada en la miel y los frutos secos.
La mayoría de los científicos ubican el origen del turrón en la península arábiga, esta teoría se apoya en el tratado “De medicinis et cibis semplicibus” del siglo XI, escrito por un médico árabe, en el cual se habla del “turun”. Los árabes trajeron este postre a las costas del Mediterráneo, en particular a España y a Italia. La versión española del turrón nace en la provincia de Alicante alrededor del siglo XV pues en época de Carlos V, el turrón fue introducido en la corte siendo un dulce afamado y consumido por la realeza.
Datos históricos aseguran que el turrón ya existía en la Villa de Sexona (actual Jijona) en el siglo XVI, incluso el historiador y cronista oficial de Jijona D. Fernando Galiana Carbonell, en su libro “Anales y Documentos históricos sobre el turrón de Jijona” afirma que la gente del lugar antes del siglo XIV ya conocían el turrón. Existen numerosos documentos con referencias desde 1531. Así el cocinero del Rey Felipe II, Don Francisco Martínez Montiño, en su libro “Conduchos de Navidad” (1585), textualmente afirma “en todas las casas de Jijona huele a miel” ya que en todas ellas se fabricaba el turrón.
Los primeros antecedentes en la protección y defensa de las Indicaciones de procedencia en los productos agroalimentarios se remontan a finales del S. XIX con el Convenio de la Unión de París de 1883, regulado por el Arreglo de Madrid de 1891. En este sentido en abril de 1919, se iniciaron los primeros trámites en busca de las garantías al consumidor acerca de la calidad y especificidad de los turrones y dulces elaborados en Jijona. El 18 de agosto de 1939 el Gremio de Turroneros de Jijona, a modo de asociación en representación del sector turronero jijonenco, ante la necesidad de proteger el producto autóctono, crearon el Consejo Regulador de la exclusiva de la Denominación Jijona.
Pero no fue hasta el 16 de abril de 1950, una vez pasada la Guerra Civil y sus efectos, que no se elaboró un Reglamento que regulara el alcance y desarrollo de las actividades de este organismo para el ejercicio de la vigilancia y protección encomendadas, su composición y la descripción de la marca colectiva y sus sellos de garantía. Este reglamento se publicó en el Boletín de la Propiedad Industrial y tenía como objeto obtener el registro de su marca colectiva con arreglo a la legislación vigente, reglar su uso y denunciar los actos constitutivos de falsa indicación de procedencia y usurpación de nombre “Jijona”, de manera que sólo se podría emplear la misma para los turrones y dulces fabricados en la zona productiva del término municipal de la citada localidad, bajo la garantía del Consejo Regulador.
En 1977 se consiguió registrar ante la oficina española de patentes y marcas, tanto la marca colectiva Jijona, como el emblema o sello de garantía al consumidor que se ubicaría en los productos certificados.
Por esta época y a nivel administrativo se produjo un traspaso de las competencias relativas a las Denominaciones de Origen españolas, del Ministerio de Industria y Comercio al Ministerio de Agricultura, y colateralmente a las correspondientes autonomías, en el caso del turrón a la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación de la Comunidad Valenciana donde para adaptarse a los cambios exigidos tras el traspaso de competencias, en 1981, la Asociación representante de los fabricantes de turrones de Jijona se constituyó de nuevo en Consejo Regulador mediante la conversión de sus Estatutos, a través de un Reglamento Notarial donde se remarcara el carácter colectivo del uso de la indicación de procedencia Jijona en los productos elaborados.
Aclarada la facultad del uso exclusivo de la marca colectiva Jijona por los productores pertenecientes al Consejo Regulador, (que son aquellos que cumpliendo la normativa estatutaria tengan su fabrica ubicada en el término municipal de Jijona), se estimó conveniente, con la colaboración de la Generalitat, solicitar la protección del Instituto Nacional de Denominaciones de Origen (INDO) como Denominación Específica (DE), en defecto de la Denominación de Origen (DO), puesto que dado el incremento de la producción del turrón desde el año 1939, no era posible adquirir la materia prima fundamental que es la almendra en cantidad suficiente, procedente del término municipal de Jijona: de ahí el cambio de la DO por el de Denominación Específica.
El proyecto de los Estatutos de la DE Jijona, quedó redactado el mes de junio de 1987, cuyo borrador fue presentado en mayo de 1988 en la Conselleria de Agricultura y Pesca de la Comunidad Valenciana, y modificado en agosto del mismo año a causa de la aprobación del RD 728/1988 sobre DO y DE de productos alimentarios no vínicos. A la espera de la aprobación de su Reglamento, el CR pasó por una etapa provisional de adaptación hasta que, finalmente, fue aprobado el 25 de Marzo de 1991 y constituido el nuevo “Consejo Regulador de la Denominación Especifica Jijona”.
Siguiendo la política de la UE de aproximación de la legislación de los diferentes estados miembros y considerando que en los últimos años los consumidores tienden a otorgar mayor importancia a la calidad que a la cantidad de los alimentos, produciéndose una creciente demanda de productos agroalimentarios con características específicas vinculados a zonas geográficas delimitadas, la UE elaboró un conjunto de normas comunitarias que implicaban un régimen de protección de estas denominaciones con el fin de normalizar y garantizar unas condiciones de leal competencia entre los fabricantes de estos productos y conferir mayor credibilidad de los mismos a los ojos del consumidor. El proceso de homologación y reconocimiento al registro de nuestras denominaciones en la UE hizo que se tuviera que adaptar el anterior Reglamento, procediendo a la aprobación de un nuevo Reglamento en el que quedaban definidas las dos denominaciones específicas tuteladas por un solo Consejo Regulador, con el nombre de “Consejo Regulador de las DE Jijona y Turrón de Alicante”.
El CR presentó la información oportuna para la inscripción en el Registro de la UE, obteniendo el certificado del mismo el 12 de Junio de 1996 mediante la publicación del Reglamento (CE) nº 1107/96 donde las DE quedan registradas como Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP).
Aunque sigue vigente este último Reglamento se han realizado modificaciones del mismo para afrontar nuevas situaciones que se plantean en la actualidad. A la espera de redactar un nuevo documento que contemple dichos cambios, nuestro Consejo Regulador continúa haciendo historia.
El Consejo Regulador nace con la única misión de garantizar que todos los productos amparados por esta Denominación de Origen cumplan con todos y cada uno de los requisitos necesarios para pertenecer a la IGP (Indicación Geográfica Protegida).
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