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Las actuaciones del Consejo Regulador de las Indicaciones Geográficas Protegidas JIJONA y TURRÓN DE ALICANTE quedan sistematizadas a nivel de funcionamiento en dos estructuras organizativas: La Estructura de Gestión y la Estructura de Control.
No obstante, para los amantes de la Historia el 18 de agosto de 1939 se dictó, y el 12 de marzo de 1940, se publicó en el Boletín Oficial del Estado: “Se declara denominación de origen, a los efectos de indicación de procedencia, Jijona, con el carácter de exclusiva, para ser aplicada al Turrón que se fabrique en la expresada localidad, prohibiéndose el uso y empleo de tal denominación para turrones de cualquier otra procedencia, constituyéndose al afecto un Consejo Regulador, que llevará su representación en todo lo que a dicha denominación se refiera”.
El Consejo Regulador de las IGP Jijona y Turrón de Alicante, tiene identificada en su estructura un Órgano de Control (Área de Certificación), que actúa como entidad de certificación de producto, la cual tiene implantado un sistema de inspección y auditoría en base al cumplimiento de la norma específica de referencia (UNE-EN ISO/IEC 17065:2012 o norma que la sustituya) y verifica, mediante controles a las empresas miembro, el cumplimiento de los requisitos establecidos en los Pliegos de Condiciones de las IGP «Jijona» y «Turrón de Alicante».
El Órgano de Control pone a disposición del público, bajo solicitud, a través de la página web corporativa, la siguiente información, en su versión más actualizada:
El Consejo Regulador nace con la única misión de garantizar que todos los productos amparados por esta Denominación de Origen cumplan con todos y cada uno de los requisitos necesarios para pertenecer a la IGP (Indicación Geográfica Protegida).
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